Suprema Corte invalida dos impuestos ecológicos en Zacatecas
Compartir
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha declarado inconstitucionales dos de los cuatro “impuestos ecológicos” que el Estado de Zacatecas impuso a la industria desde el 2017.
<b>Se van</b>
- Depósito o Almacenamiento de Residuos (Hasta ahora, en Zacatecas se cobraban de 11 a 456 pesos por cada metro cúbico de material extraído, dependiendo del material)
- Remediación Ambiental en la Extracción de Materiales (El gravamen por cada tonelada de residuos almacenada ascendía a 100 pesos).
<b>Se quedan</b>
- Emisión de Gases a la Atmósfera
- Emisión de Contaminantes al Suelo, Subsuelo y Agua
“Se invalidó el impuesto por remediación ambiental en la extracción de materiales, al considerar que se grava una materia que es competencia exclusiva de la Federación. Asimismo, se declaró inconstitucional el impuesto al depósito o almacenamiento de residuos, debido a que viola el principio de proporcionalidad tributaria”. Comunicó la SCJN.
Por otra parte, la Suprema Corte determinó que el Estado de Zacatecas sí tiene competencia para cobrar el impuesto de Emisión de gases a la atmósfera, y el de Emisión de contaminantes al suelo, subsuelo y agua; mismos que son “proporcionales” por permitir que se reconozcan los efectos negativos que se causan al medio ambiente.
Cuando el Gobierno de Zacatecas impulsó estos nuevos gravámenes, esperaba recaudar alrededor 1,230 millones de pesos, y fue entonces que numerosas compañías se ampararon contra los llamados impuestos ecológicos, e interpusieron controversias ante la SCJN. Finalmente, la Corte ha fallado.
Según estimaciones de la AIMMGM, el 97% de lo recaudado por los impuestos ecológicos proviene del sector minero.