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Suprema Corte pone en pausa amparos contra la Ley Minera

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha ordenado suspender todo dictado de sentencias ante 17 amparos contra la Ley Minera aprobada en México en el 2023.

En este contexto, la SCJN señaló que ha admitido a trámite la solicitud presentada por la ministra Lenia Batre, de que el Máximo Tribunal quien revise los amparos presentados por compañías pertenecientes al sector minero.

La orden de la Suprema Corte llama al Primer y Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Quinto Circuito; al Segundo Tribunal Colegiado en materia Administrativa en Jalisco y al Segundo Tribunal Colegiado en materias Penal y Administrativa del Décimo Octavo Circuito, a no dictar resoluciones en la materia, en tanto que la Segunda Sala decide si atrae los casos de los amparos.

De acuerdo con las empresas que recurrieron al recurso de amparo. La aprobación de la reforma se dio sin un análisis ni un conocimiento pleno de la actividad minera, y no se llevó la debida diligencia, dado que los legisladores aliados del poder Ejecutivo aprobaron estos cambios en fast-track, sin que se abriera el diálogo conducente con las partes implicadas.

Los cambios aprobados el año pasado incluyen la Ley Minera, Ley de Aguas Nacionales, Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección Ambiental, y Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.

Los cambios jurídicos buscan que la minería pierda su carácter preferente, se deja la exploración minera en manos de la Secretaría de Economía, las concesiones mineras reducen su vigencia de 50 a 30 años, entre otras disposiciones.

Fuente: Mundo Minero