Suprema Corte respeta irretroactividad en solicitudes de concesiones mineras
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió un par de asuntos a favor de quejosos que solicitaron concesiones mineras antes de que la Ley de Minería fuera modificada en mayo del 2023, mismas que habían sido desechadas previamente por la propia SCJN.
Trasciende que a mediados de enero del 2025, la Segunda Sala de la Suprema Corte le había negado la solicitud a una empresa minera, con base en el artículo Quinto Transitorio de la Ley de Minería, que establece que las solicitudes para nuevas concesiones, que estaban en trámite al momento de promulgar la reforma, serían desechadas.
Mas ahora, los Ministros de la Segunda Sala han respetado el principio de irretroactividad, permitiendo que se puedan otorgar las concesiones solicitadas sin que se lleve a cabo un concurso de licitación, según disponen las nuevas leyes en la materia.
Este fallo a favor de los quejosos, hace surgir expectativas de que no serán desechadas las solicitudes que estaban en trámite cuando los legisladores aprobaron en fast track una iniciativa de reformas promovida por el Ejecutivo, que introdujo una serie de cambios en el sector minero mexicano, mas hasta ahora no ha entrado en vigor plenamente, pues no se han establecido los reglamentos correspondientes a la nueva normativa.
Fuente: Mundo Minero