La Suprema Corte avala nuevas disposiciones en el caso de nuevas concesiones
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La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló que las nuevas concesiones mineras se otorgarán únicamente mediante concurso de licitación pública, y así mismo negó el amparo solicitado por la empresa Exploraciones del Altiplano, ratificando que la exploración, explotación, beneficio y aprovechamiento del litio quedarán exclusivamente a cargo del Estado.
La decisión rechaza la solicitud de la empresa de mantener el esquema previo, en el cual las concesiones se otorgaban al primer solicitante que cumpliera con los requisitos legales, sin necesidad de un proceso de licitación.
La SCJN determinó que no se vulnera el principio de irretroactividad al aplicar las nuevas normativas, y subrayó que las concesiones existentes conservarán la vigencia estipulada en sus títulos originales.
Finalmente, el fallo establece que todas las concesionarias mineras deberán acatar las disposiciones de seguridad y protección ambiental establecidas en la reforma de 2023.
La SCJN aclaró que estas nuevas reglas solo aplican a nuevas concesiones, por lo que las empresas que ya tienen permisos en vigor no se verán afectadas. Sin embargo, la reforma también incluye un aumento en los pagos que deben hacer al Gobierno a partir de 2025.
La Corte también señaló que las empresas privadas ya no pueden impugnar la prohibición de explotar litio, ya que este recurso fue declarado propiedad exclusiva del Estado en 2024.
Fuente: Mundo Minero