La Secretaría de Economía ya publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la actualización de las cuotas relativas a las inversiones en las obras y trabajos mineros, aplicables a partir de enero de 2026.
El documento está firmado por el Lic. José Castro Hernández, Director General de Minas de la Unidad de Coordinación de Actividades Extractivas de la Secretaría de Economía, y se emite con fundamento en lo dispuesto por los artículos 59 y 60 del Reglamento de la Ley Minera, así como en diversos preceptos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
Montos mínimos de inversión en obras y trabajos mineros (2026)
| Rango de superficie (hectáreas) | Cuota fija 2026 (MXN) | 1er año (MXN/ha) | 2º a 4º año (MXN/ha) | 5º a 6º año (MXN/ha) | 7º año en adelante (MXN/ha) |
| Hasta 30 | 486.82 | 19.45 | 77.87 | 116.84 | 118.70 |
| Mayor a 30 y hasta 100 | 973.76 | 38.87 | 155.80 | 233.69 | 233.71 |
| Mayor a 100 y hasta 500 | 1,947.47 | 77.87 | 233.69 | 467.38 | 467.38 |
| Mayor a 500 y hasta 1,000 | 5,842.44 | 72.06 | 222.63 | 467.38 | 934.78 |
| Mayor a 1,000 y hasta 5,000 | 11,684.91 | 66.22 | 214.23 | 467.38 | 1,869.59 |
| Mayor a 5,000 y hasta 50,000 | 40,897.22 | 60.38 | 206.44 | 467.38 | 3,739.17 |
| Mayor a 50,000 | 389,497.30 | 54.52 | 194.75 | 467.38 | 3,739.17 |
En los considerandos del documento se señala que la actualización anual de las cuotas se realiza conforme al artículo 60 del Reglamento de la Ley Minera, el cual establece que dichas cuotas deben ajustarse multiplicándolas por el factor de actualización correspondiente al año por comprobarse, en este caso 2026.
Dicho factor se calcula dividiendo el valor en puntos del Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) correspondiente al mes de octubre de 2025, entre el valor en puntos del INPC del mes de octubre de 2024, con el objetivo de mantener actualizados los montos mínimos exigidos a los titulares de concesiones mineras.
Fuente: Mundo Minero